Respecto al sueldo en gobierno u otros deberán indicar el ingreso bruto que percibe como Servidor Público, sumando sueldos, prestaciones, aguinaldo, compensaciones ordinarias y extraordinarias, bonos, estímulos, premios, etc., así como otras percepciones obtenidas con independencia del nombre con que se les designe derivado de su relación laboral.
También se deberá declarar lo referente a otros ingresos como rentas, utilidades e intereses; venta de bienes, prestamos, pensiones, donaciones, etc., indicando el importe bruto recibido en el ejercicio o período a declarar.