¿Tienes dudas?

Es un sistema electrónico implementado por la Contraloría General del Estado para la recepción de las declaraciones de Situación Patrimonial vía Internet de los Servidores Públicos de las Dependencias y Entidades del Ejecutivo del Estado.-

1. Tu CURP, RFC y Homoclave si la tienes a la mano
2. Una cuenta de correo electrónico personal al cual puedas ingresar para validar tu contraseña generada por este sistema.
3. Una contraseña que tu generaras con la cual podrás ingresar a este sistema.

Hablar o comunicarme con mi Administrativo para que haga la corrección de la misma.

Hablar a la contraloría para que me hagan la modificación y poder seguir con mi trámite

Es el instrumento establecido por la Ley donde el Servidor Público obligado, manifiesta la situación que guarda su patrimonio al tomar posesión de un cargo público y la forma en que éste evoluciona durante el desempeño de su gestión hasta su término.

La declaración Inicial, dentro de los sesenta días naturales siguientes a la toma de posesión.
La Declaración Anual de Modificación Patrimonial, durante el mes de mayo de cada año.
La Declaración de Conclusión del Encargo, dentro de los sesenta días naturales siguientes a la conclusión del encargo.

La información que deberá proporcionar el Servidor Público obligado a presentar declaración de Situación Patrimonial será lo correspondiente a su acervo patrimonial, es decir, informar sobre bienes muebles e inmuebles de su propiedad, del cónyuge y dependientes económicos, deudas, ingresos y egresos, lo anterior con fecha de corte a la declaración que se presente.

Inicial.- La información que deberá ser proporcionada, será con fecha de corte al día de la toma de posesión del cargo, para el registro de inmuebles y vehículos deberán indicarse en el campo de tipo de operación, seleccionando el concepto alta.
Anual.- La información proporcionada será con fecha del 1 de enero y de corte al 31 de diciembre del año que corresponda declarar, siendo el año que pasó, si su ingreso fue el año anterior, el período a declarar es a partir del ingreso al 31 de diciembre, para el registro de inmuebles y vehículos se deberán indicar las adquisiciones o enajenaciones realizadas en el ejercicio a declarar, en el campo de Tipo de Operación, seleccionando el concepto correspondiente.
Final o de Conclusiòn del Encargo.- La información proporcionada será con fecha de corte al día de la Conclusión del cargo; para el registro de inmuebles y vehículos, se deberán indicar las adquisiciones o enajenaciones realizadas en el ejercicio o período a declarar en el campo de Tipo de Operación, seleccionando el concepto correspondiente.

Si estas contratado por honorarios asimilables y tu pago se dispersa del capítulo 1,000, es obligación presentar tu declaración.

Pero si este contrato por honorarios profesionales o por servicios señalados en la ley de adquisiciones u obras públicas, no estás obligado a presentar declaración.

Se deberán declarar todo tipo de adeudos sin importar cantidades, tales como cuentas por pagar a Bancos o Instituciones Financieras: créditos y/o Tarjetas de Crédito y Cuentas por pagar a otros Créditos hipotecarios, préstamos personales, compras a crédito en establecimientos comerciales, seguros, etc.

Respecto al sueldo en gobierno u otros deberán indicar el ingreso bruto que percibe como Servidor Público, sumando sueldos, prestaciones, aguinaldo, compensaciones ordinarias y extraordinarias, bonos, estímulos, premios, etc., así como otras percepciones obtenidas con independencia del nombre con que se les designe derivado de su relación laboral.
También se deberá declarar lo referente a otros ingresos como rentas, utilidades e intereses; venta de bienes, prestamos, pensiones, donaciones, etc., indicando el importe bruto recibido en el ejercicio o período a declarar.

Se deberán declarar todos los importes erogados por gastos de manutención, pago de deudas, compras de cualquier tipo de bienes, viajes, contribuciones, seguros, rentas, mantenimiento, remodelación, ampliación, construcción de inmuebles, transporte, gasolina, servicios y composturas de vehículos, gastos médicos, etc.

En el rubro correspondiente a “pago de Deudas incluyendo intereses” por cualquier concepto o destino.

Mayo 2021 – Todos declaran

Como trabajador de la administración pública del Estado, estás obligado a presentar tu declaración de situación patrimonial y de intereses.

Si eres trabajador de la administración pública del Estado, con cargo de jefatura hacia arriba o similar, si tus funciones son de toma de decisiones y/o administración de recursos, perteneces al grupo A.

Si eres personal operativo, este contratado asimilable a salarios, perteneces al grupo B.

El acceso se obtendrá a través de una cuenta de correo personal en la cual se te notificara tu clave de acceso y contraseña para ingresar al sistema.

Con fundamento en los artículos 35, fracciones I y III de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción y 18, fracción XIII del Estatuto Orgánico de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción, certifico que el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción en su Tercera Sesión Ordinaria de 2018, celebrada el día 13 de septiembre del 2018, aprobó el "ACUERDO POR EL QUE EL COMITÉ COORDINADOR DEL SISTEMA NACIONAL ANTICORRUPCIÓN EMITE EL FORMATO DE DECLARACIONES: DE SITUACIÓN PATRIMONIAL Y DE INTERESES; Y EXPIDE LAS NORMAS E INSTRUCTIVO PARA SU LLENADO Y PRESENTACIÓN".

Para conocer el contenido de los formatos que utilizarás para tu declaración puedes consultarlos en el Diario Oficial de la Federación publicado el 23 de Septiembre del 2019

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